Publicado: 10 de Septiembre de 2015

Las infracciones que se comenten por realizar un mal estacionamiento son de las más comunes dentro del territorio español ya sea por exceso de tiempo en zona azul o regulada, en un espacio de carga y descarga, delante de un vado permanente, doble fila o incluso en un aparcamiento reservado para minusválidos.

Pueden llegarte dos tipos de multa dependiendo de si la infracción de la parada o el estacionamiento ha sido leve o grave. No obstante, eso no es influyente para recurrir dicha multa si consideras que esta ha sido impuesta injustamente, ya que el procedimiento para mostrar tu desacuerdo es común.

Lo primero que debes comprobar es el lugar donde has aparcado tu vehículo para observar exhaustivamente todos los detalles: si existe alguna placa indicando que no se podía estacionar, si crees que esta no está visible o cualquier otro motivo que consideres digno de fotografiar para poder presentarlo como prueba, como un mal estado de la señal y la consecuente dificultad para su lectura. Cualquier detalle es fundamental para motivar tu alegación y conseguir la retirada de la sanción.

Además, también podrás aportar los siguientes datos dependiendo del tipo de multa que te hayan impuesto:

  • En el caso de haber sido una multa de aparcamiento por estacionar en una zona con limitación horaria y exceder del límite marcado por el ticket, será más fácil de recurrir si aportas el ticket de estacionamiento con la fecha y la hora correcta. Recuerda que siempre debe estar firmada por un agente de la autoridad (Polícia Local) y no por el controlador.
  • Si has aparcado en un lugar reservado para carga y descarga y al volver te has encontrado con una multa, siempre podrás presentar la autorización oportuna para realizar las labores de carga y descarga para que puedan retirar la multa. Eso sí, los turismos no comerciales no pueden estacionar en las zona de cargas y descarga, a no ser que sea fuera del horario de la prohibición y así lo especifique la señal correspondiente.
  • Si has aparcado en una zona de residentes, puedes que te hayas encontrado una multa a pesar de contar con la tarjeta de residentes en curso. En esta ocasión, podrás recurrir a la sanción presentando dicha tarjeta y/o autorización pertinente. Los aparcamientos para residentes son controlados por el distrito y/o ayuntamiento de tu ciudad o municipio y precisan de un carné específico aunque el vehículo o tú estéis domiciliados allí.

* Fuente: blog.ibericar.es